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Arresto de hasta 36 horas a quien incumpla confinamiento en Jalisco

A partir del lunes 20 de abril y hasta el 17 de mayo, en Jalisco se darán hasta 36 horas de arresto administrativo a quien incumpla con las medidas de aislamiento social obligatorio para prevenir contagios de COVID-19.

Las medidas anunciadas por el Gobierno del Estado de Jalisco establecen que quienes no atiendan el llamado a quedarse en casa, salir solo a actividades esenciales, y quienes no usen cubrebocas en la vía pública, se harán acreedores a las penalizaciones establecidas en las Leyes General y Estatal de Salud, que van desde una amonestación hasta arresto administrativo por 36 horas.

Ochenta negocios han sido clausurados en Jalisco por incumplir emergencia sanitaria
Ochenta negocios han sido clausurados en Jalisco por incumplir emergencia sanitaria

Las autoridades municipales serán responsables de verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria.

Si hay establecimientos que se dediquen a actividades esenciales y que no cumplan con las obligaciones y medidas definidas, estos deberán ser clausurados de inmediato por la autoridad municipal competente.

En Jalisco, ochenta negocios han sido clausurados por incumplir emergencia sanitaria.

En el documento se especifica que es obligatorio el uso de cubrebocas para todas las personas que se encuentren en cualquier espacio público, en edificios o el transporte público; así como en aquellos establecimientos o giros que se dediquen a actividades esenciales.

En el periódico El Informador la nota relacionada a este tema indica:

Advierten que toda persona que se encuentre en el territorio estatal ya sea residente o esté de paso, debe cumplir obligatoriamente con el resguardo domiciliario.

El confinamiento obligatorio estricto aplica a los grupos con mayor riesgo como las personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en puerperio, pacientes con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión, con insuficiencia renal o hepática.

A todos los lugares, recintos y establecimientos, públicos o privados, en los que se realicen actividades definidas como esenciales, se deberán adoptar, en todo momento y de manera obligatoria prácticas como que las personas deberán lavarse las manos frecuentemente; al estornudar o toser cubrir nariz y boca con un pañuelo desechable o con el antebrazo; no saludar de beso, de mano o abrazo y mantener todas las medidas de sana distancia recomendadas por las autoridades sanitarias.

Queda prohibida la realización de eventos o reuniones de más de 50 personas, ya sean de carácter público, privado o social. Se suspende toda celebración relativa a fiestas patronales, festividades cívicas o comunitarias propias de cada región, municipio o localidad del Estado. También el uso de espacios públicos como unidades deportivas, plazas y jardines, equipamiento cultural, centros barriales o comunitarios.

Las medidas de seguridad sanitaria estarán vigentes hasta el próximo 17 de mayo, aunque podría ampliarse su aplicación en caso de ser necesario.

Fuente: y